Contacto

Para enviar un correo electrónico a la Comisión de Prensa del PCCC10, escribí a:
pccc-10@hotmail.com

lunes, 5 de diciembre de 2011

PRECONSEJO CONSULTIVO AUTOCONVOCADO

COMUNA 10 (PCCAC10)

CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

PARA EL 5 DE DICIEMBRE DE 2011

El día 9/11/2011 sesionó la Asamblea del PCCAC10 con la asistencia de 20 vecinos y resolvió CONVOCAR A ASAMBLEA EXTRAORDINARIApara el 5 de diciembre de 2011 de 18,30 hs. a 21 hs. en la sede de laBiblioteca Manuel Belgrano, Tres Arroyos 3861, abierta a la participación de todos los vecinos así como a los representantes de las Instituciones de la Comuna 10 (se adjunta acta de la Asamblea)

ÓRDEN DEL DÍA

Creación del Consejo Consultivo de la Comuna 10 a partir del próximo 10 de diciembre de 2011 en cumplimiento del Art. 33 de la Ley 1777

Este PCCAC 10 se formó y tiene su razón de ser como ejercitación de

democracia participativa y caduca indefectiblemente el 10 de diciembre.

Por ello la presente convocatoria se hace previo a dicha fecha y con

todos los recaudos que establece el Art. 11. Asamblea Extraordinaria del

Reglamento de este Preconsejo Consultivo aprobado el 22/9/2010 por

considerarse que la elección de Junta Comunal el último 10/7/2011 y la

asunción de los electos el próximo 10/12/2011 son circunstancias

excepcionales que ameritan este llamado.

En consecuencia, simultáneamente con esta convocatoria, se han

cursado las invitaciones correspondientes a los Juntistas con el fin de

conocer la Sede que ocupará la Junta Comunal así como escuchar sus planes

de trabajo a partir del 10 de diciembre y al mismo tiempo coordinar con el

Presidente de la misma la manera de poner en funciones, inmediatamente

después de dicha fecha, el Consejo Consultivo Comunal, para dar

cumplimiento al Art. 29 h) de la Ley 1777

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA y + del 15% de los integrantes del PCCA

C10: Avella Bellier Berenguer Besuzzo

Bunster Crugnale Fuster Grassano Kohan Martinez Denardi Rial

Robla Vainstein Velaz Vommaro Zetina

lunes, 21 de noviembre de 2011

Nota de adhesión a la presentación del proyecto para Centro Cultural, Deportivo, Plaza y Centro de Atención Primaria de la Salud – Vecinos Autoconvocados de Villa Real.


Pre Consejo Consultivo Autoconvocado Comuna 10

pccc-10@hotmail.com


 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de Noviembre de 2011


 


 

Desde esta Institución de la Democracia Participativa, consagrada por la Constitución de la Ciudad y por la Ley de Comunas 1777, saludamos y felicitamos a los Vecinos Autoconvocados de Villa Real y a todos los que participaron en la elaboración del proyecto para el aprovechamiento y utilización pública del predio ExAgrocom. Adherimos al mismo en todos sus términos pues entendemos que se alinea con la idea de la permanente revalorización de los espacios comunales para uso público y que desde este nucleamiento participativo estamos dispuestos a llevar adelante como una de las acciones principales para el resguardo de los intereses comunitarios de nuestros barrios integrados en la Comuna 10.

Asimismo, expresamos nuestro compromiso y apoyo para que el tema integre, junto a otras prioridades, la agenda para el periodo que se abre a partir del 10 de Diciembre, caracterizado por la novedosa aplicación de los gobiernos comunales, descentralizados y de proximidad; en donde la relación de los mismos con los Consejos Consultivos integrados por organizaciones y ciudadanos vecinos de cada Comuna, adquiere relevancia fundamental en cuanto situación inédita en nuestra vida democrática.

Por lo expuesto, invitamos y convocamos a la participación activa en esta institución ciudadana de participación popular que ya está funcionando y que se oficializará a partir del 10 de Diciembre; con la convicción de que es la única herramienta que garantiza y resguarda los intereses de la comunidad.

Con el deseo de éxito en esta iniciativa, saludamos a todo Villa Real con el mayor afecto y compromiso.


 


 


 

martes, 8 de noviembre de 2011

Convocatoria a Asamblea 9/11/2011

Saludos a todos los que integran esta lista de contactos; por este medio difundimos la convocatoria a Asamblea del Pre Consejo Consultivo Autoconvocado Comuna 10 oficializada por la Secretaría Administrativa del mismo, esperamos la concurrencia de todos ustedes y de otras organizaciones y vecinos interesados en la construcción de un espacio plural, participativo y democrático desde donde comenzar a recorrer el camino hacia las Comunas.
Se encuentra disponible para quien lo solicite el acta de la última reunión asamblearia (12/10/2011). También les informamos la dirección de correo electrónico de contacto donde recibimos propuestas, proyectos y consultas, no duden en escribirnos a pccc-10@hotmail.com

Es importante destacar que a partir del 10 de Diciembre, cuando comience a funcionar el gobierno comunal, los Consejos Consultivos (Institución de participación popular establecida por la Ley de Comunas nº 1777) tendrán que hacerse cargo de la tarea de establecer una relación institucional con la Junta Comunal; esa es la esencia de la Democracia Participativa. Nos parece, que la única manera se transitar este proceso con éxito es a través del fortalecimiento del Consejo Consultivo de nuestra Comuna 10 con la mayor cantidad de vecinos y organizaciones participantes. Por todo esto, invitamos a sumarse y a integrar las Comisiones de trabajo por área temática que puedan ser de su interés; de manera de llegar al 10 de Diciembre con aportes, propuestas y proyectos para desarrollar en la Comuna; también para que comencemos a ejercitarnos en la construcción de la gestión comunal a partir de una institución de participación popular como es el Consejo Consultivo.
En esta misma línea de establecer un vínculo fluido con los ciudadanos de nuestra Comuna 10, les proponemos visitar el Blog que hemos abierto recientemente: www.preconsejo10.blogspot.com. Este por ahora cuenta con la publicación del Reglamento de funcionamiento del Pre Consejo Consultivo Comuna 10, constituido formalmente el 06/10/2010 luego de aprobar el Reglamento de funcionamiento del 22/09/2010, y algunas notas de opinión, como así también un link de acceso para consultar la Ley 1777 (de Comunas).
A continuación reproducimos la convocatoria de nuestra Secretaría Administrativa. Gracias, los esperamos.




PRECONSEJO CONSULTIVO AUTOCONVOCADO

COMUNA 10 (PCCAC10)

CONVOCATORIA A ASAMBLEA PARA EL DÍA 9 DE NOVIEMBRE DE 2011

El día 12/10/2011 sesionó la Asamblea del PCCAC10 con la asistencia de 16 vecinos. Resolvió convocar a la próxima Asamblea para el 9 de noviembre de 2011 de 18,30 hs. a 21 hs. en la sede del Club “Villa Luro”, Bermúdez 526, abierta a la participación de todos los vecinos así como a los representantes de las Instituciones de la Comuna 10 (Se adjunta Acta de la Asamblea).

ÓRDEN DEL DÍA

METODOLOGÍA PARA LA CONSTITUCIÓN A PARTIR DEL

10/12/2011 DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMUNA 10

  • Integración de la mayor cantidad de Instituciones de la Comuna
  • Temas prioritarios a tener en cuenta
  • Reglamentación
  • Relación institucional con la Junta Comunal

Queremos insistir por esta vía, a fin de completar el padrón correspondiente

del PCCAC10 y poder enlistar las asistencias a dicha Asamblea y a las

subsiguientes, concurrir a los vecinos que no lo hubieran hecho todavía, con

original de su documento de identidad y fotocopia del mismo (para verificar su

domicilio en la Comuna e incorporarlo al archivo de la Comisión de Poderes).

Para igual fin los representantes de las Instituciones deberán asistir con la

documentación que establece el Art.8 del Reglamento.

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA


martes, 25 de octubre de 2011

El martes 18 de Octubre se realizó en la Biblioteca y Fundación del Club Defensores de Cervantes - Pje. Ranqueles 1836 - la charla de la Comisión de Salud y Ambiente de este Pre Consejo Consultivo a cargo de la Lic. Claudia Furman.
No pudimos contar con la presencia del Dr. Adolfo Saadia, a cargo de las cuestiones referidas a Salud, por causas personales de fuerza mayor.
El objeto de la reunión fue interiorizarnos acerca de las problemáticas ambientales que nos preocupan a los ciudadanos vecinos de esta Comuna 10 y de como podemos incidir, a partir de acciones concretas, en la resolución de algunos de los temas vinculados a las cuestiones ambientales. Todo esto dentro de la orgánica participativa que a partir del 10 de Diciembre determina la Ley de Comunas (nº 1777) y que se concretará con la asunción de la Junta Comunal electa y la convocatoria a la integración del Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 10, por parte de organizaciones sociales, vecinales, políticas y ciudadanos vecinos que quieran participar del mismo.
Temas como los de:
Contaminación ambiental.
Atmosférica, acústica, visual, electromagnética.
Agua. Eficiencia energética.Programa Basura Cero.
Arbolado público. Conservación de la biodiversidad.
Árboles nativos, aves y mariposas. Mantenimiento de plazas y espacios públicos.
Programa guardianes ambientales.
Armado de una Comisión de Monitoreo, integrada por los vecinos.
Control de tracción a sangre.
fueron abordados con una dinámica llevadera y amena, donde luego de la exposición inicial los participantes intercambiamos ideas llegando a la conclusión de que los cambios que reclamamos requieren mucho de nuestro aporte y esfuerzo, con la consigna de concentrarnos en pequeñas acciones concretas, a partir de las cuales puedan obtenerse resultados positivos, privilegiando esas acciones desde lo colectivo por sobre lo individual. Al respecto de esto último, se invitó a los presentes y por extensión a todos quienes reciban esta gacetilla de prensa, a integrarse a la Comisión de Salud y Ambiente de este Pre Consejo Consultivo Autoconvocado Comuna 10, con la premisa de comenzar a tratar estas y otras temáticas del área, de manera de llegar al 10 de Diciembre con propuestas de acciones a desarrollar desde el Consejo Consultivo y comprometernos en ellas conjuntamente con la Junta Comunal que asume el mandato en esa fecha. Gracias.
Por información y consultas escribir a pccc-10@hotmail.com

viernes, 14 de octubre de 2011

La Comisión de Salud y Ambiente del PRECONSEJO CONSULTIVO AUTOCONVOCADO – COMUNA 10, invita a participar a los vecinos de la comuna de la primera mesa de ambiente y atención primaria de la salud; siendo expositores el Dr. Adolfo Saadia y La Lic. Claudia Furman, posteriormente a la exposición los mencionados profesionales responderán sobre las inquietudes y necesidades que acerquen los vecinos.

El Dr. Adolfo Saadia será el expositor y moderador de la mesa A, que tratará los siguientes temas:
Condiciones para mantener una salud adecuada.
Prevención de las enfermedades.
Eco Ambiente, condiciones de vida, agua, alimentación, tabaquismo, alcohol.
Automedicación. Venta libre de medicamentos.
Perfeccionar los CESAC (concepto de APS).

La Lic. Claudia Furman será la expositora y moderadora de la mesa B que expondrá sobre los siguientes temas:
Contaminación ambiental: Atmosférica, acústica, visual, electromagnética.
Agua. Eficiencia energética.
Programa Basura Cero.---Implementación.
Arbolado público. Conservación de la biodiversidad---Árboles nativos, aves y mariposas. Mantenimiento de plazas y espacios públicos.
Programa guardianes ambientales.
Armado de una Comisión de Monitoreo, integrada por los vecinos.
Control de tracción a sangre.

La mencionada reunión se llevará a cabo en la Biblioteca y Fundación del club Defensores de Cervantes, cita en el pasaje Ranqueles 1836 (alt Álvarez Jonte 5100), el próximo martes 18 de octubre a las 19 hs.

Para mayor información y/o participación comunicarse con Comisión de Prensa PCCCAc10 (respondiendo a este envío) o telefónicamente con Roberto Mazzali al 155 799 8974 .
vía correo electrónico robertomazzali2008@fibertel.com.ar


sábado, 8 de octubre de 2011

Publicamos la convocatoria a reunión Asamblearia para el Miércoles 12 de Octubre, la misma ha sido cursada vía correo electrónico.

Saludos a todos los que integran esta lista de contactos; por este medio difundimos la convocatoria a Asamblea del Pre Consejo Consultivo Autoconvocado Comuna 10 oficializada por la Secretaría Administrativa del mismo, esperamos la concurrencia de todos ustedes y de otras organizaciones y vecinos interesados en la construcción de un espacio plural, participativo y democrático desde donde comenzar a recorrer el camino hacia las Comunas.

Por adjunto enviamos el acta de la última reunión asamblearia (14/09/2011).

También les informamos la dirección de correo electrónico de contacto donde recibimos propuestas, proyectos y consultas, no duden en escribirnos a pccc-10@hotmail.com.

Es importante destacar que a partir del 10 de Diciembre, cuando comience a funcionar el gobierno comunal, los Consejos Consultivos tendrán que hacerse cargo de la tarea de establecer una relación institucional con la Junta Comunal; esa es la esencia de la Democracia Participativa. Nos parece, que la única manera se transitar este proceso con éxito es a través del fortalecimiento del Consejo Consultivo de nuestra Comuna 10 con la mayor cantidad de vecinos y organizaciones participantes. Por todo esto, invitamos a sumarse y a integrar las Comisiones de trabajo por área temática que puedan ser de su interés; de manera de llegar al 10 de Diciembre con aportes, propuestas y proyectos para desarrollar en la Comuna; también para que comencemos a ejercitarnos en la construcción de la gestión comunal a partir de una institución de participación popular como es el Consejo Consultivo.

En esta misma línea de establecer un vínculo fluido con los ciudadanos de nuestra Comuna 10, les proponemos visitar el Blog que hemos abierto recientemente: www.preconsejo10.blogspot.com; este por ahora cuenta con la publicación del Reglamento de funcionamiento del Pre Consejo Consultivo Comuna 10, constituido formalmente el 06/10/2010 luego de aprobar el Reglamento de funcionamiento del 22/09/2010, y algunas notas de opinión, como así también un link de acceso para consultar la Ley 1777 (de Comunas).

A continuación reproducimos la convocatoria de nuestra Secretaría Administrativa. Gracias, los esperamos.






PRECONSEJO CONSULTIVO AUTOCONVOCADO

COMUNA 10 (PCCAC10)

CONVOCATORIA A ASAMBLEA PARA EL DÍA 12 DE OCTUBRE DE 2011

El día 14/9/2011 sesionó la Asamblea del PCCAC10 con la asistencia de 24 vecinos. Resolvió convocar a la próxima Asamblea para el 12 de octubre de 2011 de 18,30 hs. a 21 hs. en la sede del Club JORGE NEWBERY, Irigoyen 2092, abierta a la participación de todos los vecinos así como a los representantes de las Instituciones de la Comuna 10 (Se adjunta Acta de la Asamblea).

ÓRDEN DEL DÍA

1) Actualidad de temas tratados en últimas reuniones de la Legislatura, Comisión tripartita e Interconsejos

2) Información sobre relevamientos de espacios públicos y uso del suelo

3) Comentario sobre charla del Ente de Control de la CABA del 5/10. Cursos de capacitación

4) Estrategias de integración del futuro Consejo Consultivo Comunal (CCC)

5) Preparación de la reunión de la Comisión de Salud y Medio Ambiente del próximo 19/10/2011

Queremos insistir por esta vía, a fin de completar el padrón correspondiente del PCCAC10 y poder enlistar las asistencias a dicha Asamblea y a las subsiguientes, concurrir a los vecinos que no lo hubieran hecho todavía, con original de su documento de identidad y fotocopia del mismo (para verificar su domicilio en la Comuna e incorporarlo al archivo de la Comisión de Poderes). Para igual fin los representantes de las Instituciones deberán asistir con la documentación que establece el Art.8 del Reglamento.

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

domingo, 29 de mayo de 2011


Saludos a todos los que visitan este sitio de difusión, en esta oportunidad transcribimos las gacetillas del Festival por la Comuna 10 que organiza este Pre Consejo Consultivo Autoconvocado, esperamos la concurrencia de todos ustedes y la integración en este espacio participativo y democrático desde donde pretendemos construir la base de lo que a partir del 11 de Diciembre de este año será el Consejo Consultivo Honorario de nuestra Comuna. Gracias.

lunes, 25 de abril de 2011

¿Consejo Consultivo Oficial?

El titulo plantea una pregunta que se hacen algunos vecinos.

En mi opinión, la confusión surge por la costumbre de pensar los asuntos políticos como cosa ajena, en manos de profesionales que pueden o no reconocernos dentro del proceso de toma de decisiones en el gobierno.

A raíz de estas dudas, habría que dejar en claro el valor democrático, participativo y diverso que plantea la constitución de la ciudad respecto del consejo.

En primer lugar, su conformación abierta, sin distinción de partidos ni organizaciones.

En segundo lugar, la no vinculación de sus resoluciones respecto de las acciones de la junta comunal, pero........................

¿Podría esta junta gobernar la comuna en contra de la opinión del consejo consultivo, sobre todo si este es suficientemente fuerte, y amplio en su conformación?

Definitivamente, lo mejor que nos puede pasar, es que el consejo consultivo nunca sea oficial, pues de otra manera funcionaria como apéndice de la junta comunal, y escribanía ad honorem de todos sus actos de gobierno.

Desde ya que esto no quiere decir que el consejo se convierta en una trinchera en contra de la junta comunal.

Muy por el contrario, el consejo nos plantea el desafío como sociedad de encontrar acuerdos profundos que permitan transformar la comuna.

Un lugar en que vecinos y organizaciones puedan plantear sus diferentes puntos de vista, y consensuarlos para presentar propuestas que tengan la fuerza necesaria para elevarlo a la junta comunal.

No tengo dudas que habrá sectores políticos trabajando en contra de esta nueva forma de democracia participativa, y tienen razones poderosas para hacerlo.

La democracia representativa les da una gran ventaja a la hora de hacer negocios y no escuchar a la gente.

Basta un solo ejemplo para ponerlo claro.

Se acuerda vecino de la ley Banelco?

Comprando a unos pocos senadores, perjudicaron a miles de trabajadores.

Volviendo al barrio, el mayor desafío que tenemos es poder aceptar las diferencias dentro del consejo, y construir acuerdos sólidos aun en la diversidad.

Por ultimo vecino, vuelvo al titulo.

¿Consejo Consultivo Oficial?

NO, Consejo Consultivo a a secas.

Osvaldo Avella

Asociación Vecinal O.V.A.

domingo, 13 de marzo de 2011

PreConsejo Consultivo Comunal 10: NOTAS de OPINIÓN

PreConsejo Consultivo Comunal 10: NOTAS de OPINIÓN


No perder de vista el objetivo
Los que estamos trabajando en este tema de las comunas, nos vemos, la mayor de las veces, inmersos en largas discusiones, políticas, ideológicas, etc., en cuanto a la forma más adecuada de avanzar al nuevo sistema. Misteriosamente, no nos detenemos a pensar en el centro de esta cuestión, la democracia participativa. Mientras sigamos reproduciendo, sin darnos cuenta, los vicios del viejo sistema (democracia representativa) no vamos por el camino que supuestamente decimos transitar, sino que, a la inversa, ponemos trabas a la verdadera participación de abajo hacia arriba, que es la participación que garantiza la soberanía del pueblo y su protagonismo en la toma de decisiones.

La transformación de un sistema basado en la representación a otro sustentado en la participación requiere del desarrollo de un proceso movilizador y modificador de hábitos culturales anclados en conceptos rígidos. Es decir, resulta difícil establecer un modelo participativo por excelencia; y la calidad de esa participación varía según el interés, o la necesidad, o la valoración que cada quien le otorgue al concepto. En este sentido, si bien podemos acordar que hay variados modelos de participación y acepciones de la palabra participar, también deberíamos convenir en que solo una forma de participación es la que puede generar un resultado en los términos en que pretende expresarse la misma en su conjunción con la palabra democracia.

¿Cuál es ese nexo? el que resulta de una conciencia participativa entusiasta y solidaria, fundamentada en la trascendencia de lo colectivo por sobre lo individual; pero que se nutre de la profunda convicción de que para lograr el cambio, es indispensable estar adentro, participar y reclamar el espacio ciudadano que nos merecemos y al que tenemos derecho. Sin embargo, la falta de resultados concretos y tangibles conspiran muchas veces contra esa convicción o ese interés, es inevitable entonces la pregunta ¿para qué participar?

El “sistema” no fue diseñado para tener en cuenta los arrebatos de protagonismo popular, recordemos el art. 22 de la constitución Nacional de 1853 “el pueblo no delibera ni gobierna, sino a través de sus representantes”; y si nos internamos en un análisis histórico profundo nos damos cuenta que los proyectos políticos que se basaban en la participación popular o la democracia de “abajo hacia arriba”, resultaron perdedores luego de la independencia y antes de la formación de la entidad nacional que hoy conocemos como Argentina; (ejemplo, el Artiguismo en el Litoral y la Banda Oriental del Uruguay).

Hoy se presenta una oportunidad histórica; los contenidos del Título VI de la Constitución de la Ciudad y más aún los de la ley 1777, constituyen una profunda reforma política potencial porque establecen un organismo de participación popular directa (los Consejos Comunales) junto a un ejecutivo colegiado electivo (las Juntas Comunales) y definen la estructura del gobierno local, sobre la base de la relación institucional entre ambos organismos.

Las Comunas no sólo descentralizan el poder del Gobierno de la Ciudad y desburocratizan el aparato de la Administración Pública, sino que crean una institución de democracia participativa permanente, posibilitando que los vecinos decidan qué quieren para sus barrios y controlen que esas decisiones se concreten; es decir, facultando a que los vecinos, institucionalmente, ejerzan su rol de mandantes de los mandatarios.

Por todo esto, la realización del nuevo proyecto histórico de la democracia participativa, tiene por condición que las mayorías ciudadanas puedan y estén dispuestas a hacerse cargo de su destino como sociedad local, nacional, regional y global, participando activamente en la toma de decisiones que las afectan. Quienes habitamos y trabajamos en Buenos Aires tenemos derecho a decidir lo que queremos para nuestros barrios y nuestra ciudad, participando activamente en la elaboración y control de las políticas y acciones de gobierno, a través de los Consejos Comunales, Institución de Participación Popular en el Gobierno de las Comunas.

Claudio Velaz, Villa Luro, Comuna 10.

Fuentes: Constitución de la C.A.B.A. Título VI.

Ley Nº 1777 (Ley de Comunas). Titulo IV

Plenario Comuna 15. Reflexiones y propuestas para desarrollar los Consejos Consultivos

Movimiento Comunero. Manifiesto.

Asamblea Vecinos de Villa Luro. Declaración fundacional y de principios.

miércoles, 23 de febrero de 2011

REGLAMENTO DEL PCCC 10

REGLAMENTO DEL PRECONSEJO CONSULTIVO COMUNA 10 


Aprobado en Asamblea del 22 de septiembre de 2010
Art. 1º -  Definición.
 El Preconsejo Consultivo Comuna 10 (PCCC 10) es un organismo integrado por instituciones y ciudadanos de la Comuna 10. Adopta el consenso como principio orientador para resolver los asuntos sometidos a su tratamiento, en el marco de los objetivos establecidos en el presente reglamento.
Art. 2º - Objetivos.
El cumplimiento del Título IV de la Ley 1777 y la Ley 3233.
Art. 3º - Ámbito de aplicación. Normas supletorias.
El presente Reglamento rige el funcionamiento del PCCC 10, creado por voluntad y decisión de las Instituciones y ciudadanos autoconvocados en Asamblea el día 22 de septiembre de 2010. En caso  de insuficiencia, laguna u oscuridad del presente, se aplicará en forma supletoria el Reglamento Interno de funcionamiento de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 4º - Vigencia.
El Preconsejo Consultivo de la Comuna 10 tendrá vigencia hasta la puesta en marcha de la Junta Comunal y del Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 10.
Art. 5º - Ultra vigencia de las decisiones del Preconsejo Consultivo.
Las Instituciones  y ciudadanos participantes en el Preconsejo Consultivo de la Comuna 10 establecen, que toda decisión  y/o recomendación que emane de la Asamblea del mismo, tendrá vigencia hasta la institucionalización de la Comuna 10. Por ello se comprometen a que todos los pronunciamientos que emita serán presentados, sin dilación, ante el Consejo Consultivo de la Comuna 10 ni bien esté quede conformado.
Art. 6º - De las funciones.
 A– Desarrollar aquellas que emanan del Artículo 131 de la Constitución de la Ciudad, del artículo 35 de la Ley 1777 y de los que sin estar contemplados expresamente provengan del principio de democracia   participativa, establecido en el artículo 1º de la Constitución de la Ciudad.
B – Influir para la concreción por parte del Poder Ejecutivo del Art. 4 de la Ley 3233 y si fuere necesario coordinar con los preconsejos  Consultivos  de las demás Comunas para lograrlo. 
C – Enlistar y priorizar todos los problemas y necesidades de la Comuna 10 a fin de agilizar las actividades del futuro CCC 10    
D – Contribuir a incorporar a este PCCC 10 a todas las Instituciones de la Comuna 10 e instarlas a designar sus representantes. Facilitar la        participación de los vecinos.
E – Proponer el Reglamento del futuro CCC 10 utilizando el presente como base del mismo en lo que resultare pertinente
Art. 7º - Integración.
Este PCCC 10 está integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes y otras formas de organización con interés o actuación en el ámbito territorial de la Comuna. No perciben remuneración o compensación económica alguna por sus servicios.
 Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las normas de funcionamiento interno de este PCCC 10 garantiza el derecho de los vecinos domiciliados en la Comuna a participar en forma individual de las actividades del mismo
 De igual manera garantizan el funcionamiento del Preconsejo Consultivo Comunal a escala barrial.                                                    
Art. 8º - Condiciones de participación.
Los vecinos que no formen parte de ninguna organización podrán  participar en forma individual de las actividades del PCCC 10 debiendo acreditar su domicilio particular dentro del perímetro de la comuna con la presentación de su D.N.I., L.C., L.E. 
Todas las Organizaciones Vecinales y Partidos Políticos deberán estar  inscriptos en Ministerio Público, Poder Judicial o Registro Público según corresponda. De tener domicilio fuera de la Comuna lo corregirán con un Acta, salvando tal circunstancia.
Se integra un representante por cada Organización Vecinal y un representante para la Comuna por cada Partido Político (con sus respectivos suplentes).
La renovación de los representantes de cada una de esas Organizaciones es decidida por las mismas en forma autónoma y sin plazos prefijados que se comunicará a la Comisión de Poderes.
Las Organizaciones que manifiesten su incorporación al PCCC 10 deben presentar a la Comisión de Poderes copia de la inscripción y en papel membretado reiterar el número de inscripción, indicando además el domicilio y dirección del correo electrónico, quien es el titular y suplente ante el PCCC 10, manifestando que lo hace con poder para representarlos.
La Comisión de Poderes recepciona la documentación solicitada a las Organizaciones, archivándolas en legajo llevado a tal efecto. En cuanto a los vecinos a título personal, obtendrá una copia simple del documento requerido al que le colocará un sello de copia fiel y archivará el otro legajo a tal efecto,
La Comisión de Poderes recepciona la documentación solicitada a las organizaciones, archivándolos en legajo llevado a tal efecto. En cuanto a los vecinos a título personal, obtendrá una copia simple del documento requerido al que le colocará un sello de copia fiel y archivará en un legajo llevado al efecto.     
Art. 9º - De los órganos.
Una Asamblea, una Secretaría Administrativa, una Secretaría de Relaciones Institucionales, una Comisión de Prensa dependiente de ambas Secretarías, una Comisión de Poderes, una Comisión de relevamiento y las Comisiones de Trabajo, componen los órganos del Preconsejo Consultivo de la Comuna 10.
Art. 10º - Asamblea ordinaria.
Es  la  máximas  autoridad del PCCC 10, en ella se establece la voluntad soberana de la Institución. Sus decisiones, en tanto se encuadren en el Orden del Día y se ajusten a lo establecido en el Titulo IV de la Ley 1777 y en el presente Reglamento, son válidas y obligatorias para todos sus miembros.
Las reuniones periódicas se realizarán una vez al mes. 
Al término de cada reunión se comunicará lugar, fecha y hora tentativos de la próxima reunión, la que será ratificada mediante correo electrónico, u otro medio, por la Secretaría Administrativa de no mediar inconvenientes en el lugar elegido, caso contrario se comunicará el nuevo lugar con una antelación no menor a siete (7) días. 
A los efectos de ordenar y agilizar las reuniones se tendrá presente:
1. El Orden del Día comienza con la lectura del Acta de la Asamblea anterior y las observaciones y correcciones que se puedan plantear a la misma, si lo expresado no fue resuelto en esa misma Asamblea. Acto seguido se tratan los informes de las Secretarias y Comisiones cuyos miembros informantes tomarán el tiempo necesario, entendiéndose que deben ser concisos. 
2 A continuación se trata el o los temas correspondientes al Orden del Día.
3  Cada miembro debe pedir la palabra, las veces que lo considere, la que le será concedida en el orden que se va solicitando la misma  por otros miembros.
 Al comienzo de la exposición cada miembro dirá  su nombre y organización que representa para identificarse y su intervención no excederá los tres (3’) minutos.
Bajo ningùn concepto debe interrumpirse la exposición de quien tiene la palabra. Los miembros deben dirigirse siempre al moderador aún para contestar y/o replicar a otro miembro. 
4  Previo a la finalización de la reunión se establecerán los temas para el Plenario siguiente, determinándose el orden de los temas a tratar.
5  En las Asambleas no podrán tratarse otros asuntos que no sean los incluidos expresamente en el Orden del Día, salvo que se encontrase presente al menos los dos tercios (2/3) de los miembros del PCCC 10 y se contare con la voluntad expresa y positiva del sesenta por ciento (60%)  de los presentes de la Asamblea anterior con derecho a voto.
Las resoluciones de las Asambleas son de cumplimiento obligatorio para el Preconsejo Consultivo
Art. 11º - Asamblea extraordinaria.
Cuando ocurran circunstancias extraordinarias, excepcionales y/o imprevisibles que afecten en forma clara, manifiesta y grave alguna materia o asunto sobre la que tenga competencia el PCCC 10, se podrá convocar a Asamblea Extraordinaria para tratar exclusivamente ese punto. La convocatoria la llevará a cabo la Secretaría Administrativa y deberá contar con el acuerdo expreso de al menos el quince por ciento (15%) de los integrantes del PCCC 10. La convocatoria, acompañada del Orden del Día, debe ser remitida con al menos veinticuatro (24) horas de anticipación, debiéndose dejar constancia de los nombres de las personas que suscriben la convocatoria y un breve resumen dando cuenta de la gravedad y excepcionalidad de la situación que ameritan y fundamentan la convocatoria extraordinaria. 
Art. 12º – Quorum.
Las Asambleas necesitan para funcionar la presencia de la mitad (50%) más uno (1) de la totalidad de sus miembros con derecho a voto, la fracción se cuenta como una persona más. Transcurrida media (1/2) hora desde el plazo fijado para la convocatoria, sesionará válidamente con la presencia de por lo menos la tercera parte de sus integrantes con derecho a voto.
Art. 13º – De la votación.
Cada integrante del PCCC 10 tiene un voto. Sólo podrán votar los miembros inscriptos de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 8º, debiendo acreditar en cada caso haber concurrido al menos a tres (3) Asambleas en forma continua o a cinco (5)  en forma alternada. Dicho requisito entrará en vigencia a partir de la quinta Asamblea que celebre el PCCC 10.
Para ser aprobada una propuesta necesita del voto expreso y positivo de la mitad más uno de los presentes con derecho a voto. Las propuestas podrán ser de los miembros presentes inscriptos o de la Secretarias o Comisiones.
Podrán participar con voz pero sin voto los vecinos u Organizaciones de otras Comunas, o aquellos que teniendo domicilio y/o actuación en la Comuna 10, no hayan cumplido los recaudos reglamentarios exigidos o no cumplan con el mínimo de asistencia pautado en este articulo.                                              
Art. 14º - Secretarías.
Son pluripersonales, sus miembros serán elegidos por la Asamblea y duran seis (6) meses en el cargo, pudiendo ser revocados sus mandatos por la Asamblea en cualquier momento.
Son de carácter permanente y se crean para coordinar cuestiones administrativas, organizativas y de enlace institucional.
Deberán elaborar un informe de lo actuado y someterlo a la aprobación del PCCC 10 en su Asamblea mensual y recibir instrucciones ésta.
Están compuestas por un mínimo de cinco (5) miembros electos por la Asamblea en reunión convocada a tal efecto, en caso de vacancia, el sucesor electo completará su periodo.
Entre sus miembros se nombrará un Secretario de Actas y un Secretario Coordinador de sus reuniones y otros que resuelvan sus miembros.
Llevarán un registro de asistencia a sus reuniones.
Art. 15º  - Secretaría Administrativa.                                                                                                                                                                              Son sus funciones:
1- Confeccionar las actas de las reuniones de las Asambleas en un libro.
2- Llevar registro de asistencia a las Asambleas, uno para las instituciones y otro para los vecinos a título personal.
3- Generar toda la documentación necesaria.
4- Enviar y recepcionar la correspondencia.
5- Llevar el archivo.
6-  Comunicar fecha, hora y lugar de las Asambleas por correo electrónico u otro medio.
Art. 16º - Secretaría de Relaciones Institucionales.
Son sus funciones:
1- Mantener un contacto permanente con los tres poderes del Gobierno de la CABA y otros organismos públicos y privados.
2- El acercamiento de instituciones sociales al PCCC 10.
3- El nexo con otros Preconsejos Comunales.
4- Moderar las reuniones de las Asambleas.
Art. 17º - Comisiones
Serán de dos tipos: Permanentes y de Trabajo. Serán pluripersonales, sus miembros se elegirán por la Asamblea y durarán seis (6) meses en el cargo, pudiendo ser revocados sus mandatos por la Asamblea en cualquier momento.
Se crean para atender tareas que determina este Reglamento o cuestiones específicas que la Asamblea considere necesario.
Deberán elaborar un informe de lo actuado y someterlo a la aprobación de la Asamblea mensual y recibir instrucciones de ésta.
Están compuestas por un mínimo de cinco (5) miembros electos por la Asamblea en reunión convocada a tal efecto; en caso de vacancia, el sucesor electo completará su período.
Entre sus miembros se nombrará un Secretario de Actas y un Secretario Coordinador de sus reuniones y otros que resuelvan sus miembros.
Llevarán un registro de asistencia a sus reuniones. 
Art. 18º – Comisiones permanentes.
Son las tres (3) que indica el Art. 9º Órganos. Son de carácter permanente y se crean para coordinar cuestiones administrativas y organizativas
Art. 19º - Comisión de Prensa.
Son sus funciones:
1- Comunicar e informar hacia la Comuna 10 los trabajos y resoluciones de la Asamblea.
2-  Informar a la Asamblea de comunicados o documentos de otras  organizaciones en el ámbito de la CABA de interés comunal.
3- Llevar el correo electrónico.
4- Llevar el “blog”.
5- Llevar una gacetilla.
Art. 20º - Comisión de Poderes.
Son sus funciones:
1- Llevar un archivo actualizado de los legajos de las Instituciones incorporadas como miembros del PCCC 10 y de sus representantes ante el mismo.
2- Llevar un archivo actualizado de la documentaciòn presentada por los ciudadanos de la Comuna 10 que manifiestan participar en el PCCC 10.
3- Tener un listado de representantes de Instituciones y de ciudadanos al comienzo de cada Asamblea para constatar sus datos al tomarles asistencia y que sirva de padrón al momento de las votaciones.
Art. 21º - Comisión de Relevamiento.
 Son sus funciones:
1- Compilar por si o a través de las Instituciones o ciudadanos de la Comuna 10 todos los problemas, necesidades y proyectos que existan con el fin de ordenarlos de la manera que la Asamblea lo determine, para tratarlos por este PCCC 10 o tenerlos preparados para elevarlo al futuro CCC 10, si correspondiere.
2- Tener un listado actualizado de dichas cuestiones en cada Asamblea.
Art. 22º - Comisiones de Trabajo.
Son aquellas creadas por la Asamblea de PCCC 10. Tienen como misión profundizar el conocimiento de situaciones que tengan incidencia en la Comuna y/o alguno de sus barrios o vecindarios, para elaborar propuestas de solución o proyectos y/o para accionar ante la población de la Comuna y los Poderes Públicos, a fin de demandar y controlar la implementación de soluciones o proyectos adecuados. Podrán ser temáticas, territoriales o ambas según se considere adecuado en cada caso. Ningún miembro de las Comisiones podrán actuar por sí o por el PCCC 10 ante cualquier autoridad o funcionario del la CABA, si no es avalado expresamente por el Plenario del PCCC 10.
Art. 23º - Modificación del Reglamento.
El presente Reglamento debe ser aprobado por dos tercios (2/3) de los miembros presentes y su contenido y atribuciones serán revisados y adecuados, de ser decidido por la Asamblea, no antes de transcurrido seis (6) meses de aprobación.